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Un sólo candidato independiente para gobernador

Admin DIARIO DE TABASCO
14/02/2017 | 05:00:30

Habrá sólo un candidato independiente para la elección del cargo de Gobernador, presidentes municipales, regidores y diputados al Congreso del Estado, que serán votados el próximo 1 de julio de 2018 en términos de la Ley; afirmó el secretario ejecutivo del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) de Tabasco, Roberto Félix López.
“Será registrado el que obtenga el mayor número de respaldos ciudadanos, en cantidad superior al porcentaje señalado para cada cargo”, aseguró.
Los ciudadanos que cumplan con los requisitos, condiciones y términos de ley tendrán derecho a participar y, en su caso, a ser registrados como candidatos independientes para ocupar los cargos de elección popular de Gobernador del Estado de Tabasco, diputados y regidores por el principio de mayoría relativa, sustentó.
Precisó que conforme al Artículo 281 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos establece en el caso de haber más de un aspirante, fórmula o planilla a un mismo cargo de elección popular.
Aclaró que partir del día siguiente de la fecha en que presenten el modelo único de estatutos de la asociación civil a expedir por el IEPC Tabasco y obtengan de éste la calidad de aspirantes a candidatos para Gobernador, alcaldes y diputados, éstos podrán realizar actos tendentes a recabar el porcentaje de apoyo ciudadano requerido, por medios diversos a la radio y la televisión, siempre que los mismos no constituyan actos anticipados de campaña.
Puntualizó que para la candidatura de Gobernador del Estado de Tabasco la cédula de respaldo deberá contener cuando menos la firma de una cantidad de ciudadanos equivalente al dos por ciento del padrón electoral del Estado con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección, y estar integrada por electores de por lo menos once distritos electorales locales, que sumen cuando menos el uno por ciento de ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores en cada una de ellas.
Señaló que para fórmulas de diputados de mayoría relativa, la cédula de respaldo deberá contener cuando menos la firma de una cantidad de ciudadanos equivalente al seis por ciento del padrón electoral correspondiente al distrito electoral de que se trate, con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección, y estar integrada por ciudadanos de por lo menos la mitad de las secciones electorales que sumen como mínimo el uno punto cinco por ciento de ciudadanos que figuren en el padrón electoral correspondiente.
Indicó que para planillas de candidatos a presidentes municipales y regidores el número de cédulas de respaldo los porcentajes requeridos del padrón electoral correspondiente al municipio de que se trate. Donde haya hasta cincuenta mil electores, el ocho por ciento; con cincuenta mil uno hasta cien mil electores, el seis por ciento; con cien mil uno hasta trescientos mil electores, el cuatro por ciento; y de trescientos mil un electores en adelante, el tres por ciento.
Subrayó que las candidaturas independientes tendrán los mismos derechos y obligaciones que las postuladas por partidos políticos, con las particularidades y salvedades que dispone la Ley Electoral y de partidos políticos.
Los ciudadanos -señaló- que cumplan con los requisitos, condiciones y términos de ley tendrán derecho a participar y, en su caso, a ser registrados como candidatos independientes para ocupar los siguientes cargos de elección popular.
El secretario ejecutivo del IEPC Tabasco recordó que para los comicios intermedios de 2015 hubo la participación de candidatos independientes para la Presidencia Municipal en Centro, Paraíso, Macuspana, Cárdenas, Centla y Comalcalco; y para diputados en Distrito V con cabecera en Centla, quienes cumplieron con lo estipulado en la Ley Electoral local.

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