El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) fija posicionamiento en relación al acuerdo de conformación paritaria de las diputaciones de representación proporcional.
Descalifica el IEPCT lo que se ha publicado en medios locales y en redes sociales sobre el tema.
En relación a la información publicada en algunos diarios locales y redes sociales, donde se menciona que este instituto aprobó unos lineamientos de paridad que establecen que en caso de que las mujeres no alcancen las curules de mayoría relativa, este órgano designará solamente mujeres en las de representación proporcional, esta autoridad fija su postura:
Es falso que el IEPC Tabasco haya determinado que en caso de que las mujeres no ganen en las elecciones de mayoría relativa, este instituto obligaría a los partidos políticos a que todas las plurinominales o la mitad de éstas sean para el género femenino.
Lo cierto es que mediante el acuerdo CE/2018/09 del 29 de enero de 2018 esta institución aprobó una acción afirmativa para que en las diputaciones plurinominales, de no darse el número mínimo de siete mujeres de las 14 curules de Representación Proporcional, esta autoridad en uso de su facultad de asignación de dichos escaños implemente la medida afirmativa consistente en sustituir al género masculino sobre-representado, por el femenino sub-representado de la misma circunscripción que continúe inmediatamente en la lista y evidentemente del mismo partido.
Por lo que resulta totalmente equivocado que para la implementación de esta acción positiva se tomaría en cuenta el número de mujeres que alcancen la curul en las votaciones por el principio de mayoría relativa, dado que para la implementación de la medida aludida nada tiene que ver el número de escaños obtenidos en mayoría relativa; es decir no guarda relación el número de curules obtenidas por aquel principio (MR) para que se modifiquen los de representación proporcional, ya que los lineamientos (en caso de ser necesario utilizarlos) sólo se circunscriben al ámbito de las curules plurinominales.
La anterior acción obedece a la obligación constitucional, convencional y legal que todos los entes electorales; tenemos que garantizar el principio de paridad en la conformación de los órganos públicos en el país.
Precisa IEPCT sobre diputaciones de representación proporcional
Lorena del C. Hernández DIARIO DE TABASCO
01/02/2018 | 00:00:41 Se garantiza el principio de paridad en la conformación de los órganos públicos en el país, afirma