El aspirante a candidato a diputado local en el Distrito XX, Luis Alberto Gómez Gutiérrez, dio a conocer que asesorado por integrantes del Colegio de Abogados Tabasqueños (CAT) presentó ante el Tribunal Electoral de Tabasco (TET) impugnación a la discriminación y violación a sus derechos políticos electorales en el proceso interno del Partido de la Revolución Democrática (PRD), en el cual quedó excluido al otorgársele a Jesús Domínguez Domínguez que presume ante la eventualidad de que un Tribunal de Circuito restituye al destituido ex presidente Bernardo Barrada Ruiz; podrían quitar a Domínguez Domínguez y poner a Barrada.
Luis Alberto Gómez Gutiérrez citó en su primera prueba documental: “En convocatoria de mérito, con resolutivo del décimo pleno extraordinario del IX Consejo Estatal del PRD, mediante el cual de conformidad a lo establecido a la base VI de convocatoria para elegir candidatos y candidatas a ocupar los cargos de elección popular a gobernador, diputados, diputadas locales por el principio de mayoría relativa y de representación proporcional, emitida el 11 de noviembre de 2017, que sería por medio de Consejo Electivo; teniendo antecedente inmediato la aplicación de estudios de opinión o encuesta (salvo los distritos reservados para los partidos en alianza PAN y Movimiento Ciudadano)”.
Gómez Gutiérrez señaló que junto con Chacha González Magali, Adelita Sánchez Chablé y Antonio Domínguez Palma, quienes en su momento procesal electoral fueron notificados por el INE con aceptación de la precandidatura, generando derecho efectivo de participación por esa autoridad electoral (con número de folio 11634819 y con fecha 22 de diciembre, año 2017), anexo de prueba documental.
Otro punto destacable -señala Luis Alberto Gómez- son los agravios donde viola flagrantemente el numeral 280 XVI de los estatutos del PRD, “que de conformidad por lo establecido por el Artículo 51 inciso h del reglamento general de elección y consultas del PRD se desprende que las candidaturas que se reservan para externos o coaliciones o que serán definidas por estudio de opinión o encuesta”, y agrega: “En este articulado quedó claro que el Distrito XX local no fue reservado para externos o coaliciones, pero sí sometidos a estudios de opinión o encuestas, mismas que hasta la fecha –dijo- no le hicieron saber de manera escrita o verbal cuál ha sido el resultado, sino que de manera dolosa registraron a Jesús Domínguez Domínguez”.
Cabe señalar que el presidente del Partido de la RevoluciónDemocrática, Darvin González Ballina, consideró que el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) debe restituirlo en su candidatura por la Diputación local.
“Él (Bernardo) tiene sus derechos a salvo, sus derechos políticos y va a registrarse de nueva cuenta; pero él será nuestro candidato a diputado local, hay jurisprudencia al respecto. No se había puesto el amparo pero la justicia le está dando la razón”.